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Guía de recomendaciones para empresas y trabajadores frente al coronavirus

En el Consejo de Relaciones Laborales del que forman parte CCOO, UGT, Fomento y Pimec y el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias han actualizado el documento de Recomendaciones para empresas y personas trabajadoras sobre actuaciones vinculadas a las situaciones que puedan producirse por el efecto del coronavirus.

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En el Consejo de Relaciones Laborales del que forman parte CCOO, UGT, Fomento y Pimec y el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias han actualizado el documento de Recomendaciones para empresas y personas trabajadoras sobre actuaciones vinculadas a las situaciones que puedan producirse por el efecto del coronavirus. 



Imagen de un hombre trabajando en la planta de Nissan en Barcelona




Se han pactado modificaciones sobre las medidas más importantes a tener en cuenta para afrontar esta crisis desde el ámbito de la prevención de riesgos y de las relaciones laborales, huyendo de las medidas unilaterales y dirigiendo a la negociación entre direcciones de empresas y Representantes de las personas trabajadoras, y atendiendo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.


Se ha actualizando su contenido derivado de la recomendación de restringir la movilidad y priorizar el confinamiento domiciliario, pero teniendo que mantener al mismo tiempo aquellas actividades vinculadas al abastecimiento de bienes de primera necesidad, así como la prestación de servicios esenciales y todas aquellas que no obliga a cerrar el estado de alarma. Y se sigue prestando especial atención a las medidas preventivas para trabajadores que prestan servicios en entornos de asistencia médico-sanitaria, sociosanitaria y residencial.


A este acuerdo se encuentran propuestas de medidas preventivas ambientales, organizativas e individuales, para hacer frente al coronavirus desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, y también recogemos las actuaciones a tomar en el ámbito de las relaciones laborales, tanto de flexibilidad como los nuevos derechos de conciliación por causa del estado de alarma.


Es necesario reforzar las medidas de seguridad a las empresas que no han sido suspendidas por el decreto del estado de alarma. La continuidad de la actividad de las empresas no se puede hacer a costa de la salud de las personas trabajadoras. Por ello se hace una clara apuesta por el teletrabajo y por las medidas de flexibilidad interna negociada como, entre otras, la flexibilización de los horarios de entrada y salida para que se eviten las horas punta del transporte público.


Entre las nuevas medidas, se refuerza que NO se pueden aplicar sanciones en una situación como ésta, cuando las personas no asisten al trabajo por presentar síntomas, aunque no tengan la baja médica. En caso de síntomas compatibles con el coronavirus, los trabajadores deben quedarse en casa, lo comunicarán a la empresa y llamar al 061 o al CAP y seguir las indicaciones de la autoridad sanitaria. Esta medida es fundamental para evitar un posible contagio en el centro de trabajo.


Además, se acordarán protocolos de cómo actuar en las empresas cuando haya casos de contagio positivo entre la plantilla. Se debe evitar la improvisación en las empresas y hay que prever cómo actuar en estas situaciones, donde lo más importante es evitar contagios, y preservar la salud de las personas trabajadoras. Garantizando la necesaria confidencialidad de los datos médicos de las personas trabajadoras.


Finalmente se ha acordado la movilidad del personal vinculado al sector esencial de servicios de atención a las personas. El cierre de centros de día y la suspensión de servicios de atención a las personas ha provocado la necesidad de reforzar la atención domiciliaria para garantizar los cuidados, el apoyo, la seguridad y la alimentación de personas mayores, discapacitados o dependientes. Para ello se ha acordado facilitar y flexibilizar la movilidad de personal que tenga suspendida temporalmente su actividad para atender estas situaciones de emergencia social y siempre atendiendo a criterios de proporcionalidad en su aplicación; con comunicación y acuerdo con las RPT de las empresas; recibiendo la necesaria información y formación en prevención de riesgos laborales y todas las medidas preventivas requeridas para prestar el servicio al que queden afectadas.


Esta medida complementa el acuerdo al que había llegado la Federación de de educación de CCOO con DINCAT (patronal sectorial de los centros de discapacidad) para activar las personas trabajadoras del sector que tienen suspendida su actividad.



ACCEDE AL DOCUMENTO DE RECOMENDACIONES COMPLETO








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1 Comentarios

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escrito por Simon Nuñez Hurtado 25/mar/20    09:26

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