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El juez archiva el caso del tiroteo en el tanatorio de Gavà por enfermedad mental de su autor

El titular del Juzgado de Instrucción 9 del municipo pide que el acusado sea puesto en libertad y trasladado del centro penitenciario a un hospital psiquiátrico.

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Ataque Policia Gava


Imagen de los hechos de @ariasborque


El titular del Juzgado de Instrucción 9 de Gavà ha archivado de forma provisional la causa contra el acusado por el tiroteo a dos policías locales, uno de los cuales murió en el hospital, por la enfermedad mental acreditada sobrevenida que padece, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).


Los hechos ocurrieron el 6 de julio de 2017 cuando el hombre disparó cinco balas contra dos agentes de la Policía Local en las inmediaciones del tanatorio de Gavà cuando iban a identificarle, y como consecuencia un sargento murió posteriormente en el Hospital de Bellvitge por un balazo en la mandíbula.


El presunto autor, Jorge C.C., se dio a la fuga tras el tiroteo y pudo ser arrestado a las pocas horas por los Mossos d'Esquadra.


Según informaron fuentes de la investigación, al hombre se le relacionaba presuntamente con dos presuntos homicidios ocurridos en Miami-Platja (Tarragona) y Vilanova i la Geltrú, ya que el tiroteo a los policías locales ocurrió cerca del tanatorio de Gavà, donde se realizaba el velatorio de la víctima del primer crimen, que apareció en su casa con un disparo.


El supuesto pistolero había mantenido una relación con la hija de este hombre y una línea de investigación es que pudo estar cerca del tanatorio buscando a la mujer.


Ahora el juzgado ha tenido en cuenta el informe emitido por dos médicos forenses de 13 de noviembre de 2017 en el que concluyen que el acusado, que está en prisión provisional por estos hechos, presenta un trastorno delirante crónico y acuerda archivar las diligencias hasta que recobre la salud.


Asimismo, pide que sea puesto en libertad y trasladado del centro penitenciario a un hospital psiquiátrico, que deberá informar al juzgado con una antelación de al menos cinco días cuando decida darle el alta.


El juzgado reserva a los perjudicados por este caso las acciones civiles y administrativas que les correspondan para que puedan obtener una indemnización por los daños y perjuicios físicos y morales sufridos.

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