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Viladecans activa una bonificación del 40% en la tasa de basuras: ¿Quién puede reclamarla?

Un hilo del usuario Lluís (@l_salva) destapa cómo solicitar la reducción de la nueva tasa de residuos y qué hacer si ya has pagado sin descuento

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Recogida de basuras en Viladecans

Con la implantación de la nueva tasa municipal de residuos en Viladecans, muchas familias han recibido el recibo sin ningún tipo de bonificación aplicada. Sin embargo, la normativa del Ayuntamiento sí contempla una reducción del 40% para personas y unidades de convivencia con rentas bajas.

 

El problema, tal como denuncia el usuario Lluís (@l_salva) en un hilo explicativo en X (antes Twitter), no es que la bonificación no exista, sino cómo se está aplicando (o dejando de aplicar).

 

Una bonificación que es un derecho, no una ayuda

Según explica Lluís, el Ayuntamiento ha previsto expresamente una bonificación del 40% para personas en situación económica vulnerable, siempre que se acrediten los requisitos mediante documentación oficial.

 

Esto implica que:

  • No es una ayuda discrecional.
  • No depende de decisiones políticas.

Si se cumplen los requisitos, debe aplicarse.

 

Qué documentación hay que presentar

Para acceder a la bonificación es necesario acreditar formalmente la situación económica y la unidad de convivencia. Entre los documentos habituales se encuentran:

 

  • Última declaración de la renta o certificado negativo.
  • Certificado de convivencia.
  • Otra documentación económica oficial.

 

El certificado de convivencia es clave, ya que permite demostrar cuántas personas viven realmente en la vivienda.

 

Qué hacer si ya has pagado la tasa

 

Si el recibo ya se ha pagado sin que se aplicara la bonificación, existen vías administrativas:

 

  • Recurso administrativo, si aún se está dentro de plazo.
  • Solicitud de devolución por ingreso indebido, si el plazo ha expirado.
  • No se trata de una medida excepcional, sino de procedimientos tributarios ordinarios.

 

Recurrir, reclamar o presentar una instancia: no es lo mismo

Uno de los puntos que más confusión genera es el procedimiento adecuado:

 

  • Recurso: cuando hay notificación y se está en plazo.
  • Ingreso indebido: cuando ya se ha pagado más de lo que correspondía.
  • Instancia: para dejar constancia, preparar futuras solicitudes o adelantar trámites.

Elegir bien la vía es fundamental para evitar que la reclamación sea rechazada por un error formal.

 

Mirando a 2026: mejor prevenir que reclamar

De cara al próximo ejercicio, se podrán presentar instancias preventivas para que la bonificación:

  • Sea reconocida previamente.
  • Se aplique directamente en el recibo.
  • Evite tener que pagar primero y reclamar después.
  • Una medida especialmente importante para familias con bajos ingresos.

 

La pregunta incómoda

Tal como plantea el hilo, queda una cuestión de fondo: Si el Ayuntamiento ya dispone de datos sobre rentas bajas a través de otros servicios y ayudas, ¿por qué no se ha aplicado automáticamente esta bonificación a quienes más lo necesitan?

 

No se trata de una acusación, sino —según señala Lluís— de una reflexión sobre justicia administrativa, proporcionalidad y protección social.

 

Una guía práctica en preparación

Desde la asociación vecinal AVV Can Palmer y Ponent se está preparando una guía clara y paso a paso, con explicaciones sencillas, criterios validados y modelos de:

  • Recurso administrativo.
  • Solicitud de devolución por ingreso indebido.
  • Instancia.

El objetivo es ayudar a las familias que cumplen los requisitos a ejercer sus derechos sin miedo ni confusión.

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