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Castelldefels aprueba las bases iniciales para acceder a 70 pisos de protección oficial

Se establece un periodo de información pública de 20 días y, si no han alegaciones, las bases quedarán aprobadas definitivamente

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Castefa edificio
 Castelldefels aprueba las bases iniciales para acceder a 70 pisos de protección oficial/ Ayuntamiento de Castelldefels

Están publicadas las bases iniciales de adjudicación de las 70 viviendas con protección oficial en régimen de alquiler promovidos por el IMPSOL en la calle Piedad 9 – 11. Se trata de un terreno de propiedad municipal cedido a la entidad pública empresarial dependiente de la CON, que se encarga de su construcción y de su adjudicación.

La duración de los contratos de alquiler será de 7 años, prorrogables hasta un máximo de 3 años más. En todo caso, existe la posibilidad de solicitar una prórroga extraordinaria del contrato de arrendamiento por plazos anuales hasta un máximo de 3 años por el hecho que Castelldefels es un municipio designado como “residencialmente tenso” en los términos que establece la Ley de Vivienda.

Todas las viviendas se adjudicarán mediante sorteo público celebrado ante Notario, previsiblemente entre los meses de junio y julio. La adjudicación se hará en un acto público a una dependencia municipal, y los resultados se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Castelldefels y la web de la IMPSOL.


Los requisitos generales para acceder a las viviendas son:
Residir y estar empadronado ininterrumpidamente en Castelldefels durante los últimos 3 años o haber estado residiendo y empadronado en el municipio de Castelldefels durante 7 años en los últimos 10.


Estar inscrito y con inscripción vigente en el Registro de Solicitantes de Viviendas con Protección Oficial de Cataluña. 


Ser de nacionalidad española, nacional de cualquier del Estados miembros de la Unión Europea o de cualquier otro nacionalidad con permiso de residencia vigente. Los ciudadanos otros países tendrán que acreditar la residencia legal en España durante un mínimo de 10 años.


No ser titulares de pleno dominio o de derecho real de uso y disfrute sobre alguna vivienda exceptuando los supuestos contemplados en el artículo 55 del Decreto 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho de la vivienda.


En cuanto a los requisitos económicos:
Ingresos mínimos, por unidad de convivencia, superiores a 16.000 euros


Igualmente no se podrá escoger una vivienda en el que el nivel de endeudamiento supere al 30% de los ingresos anuales ponderados


Los ingresos máximos no pueden superar los 34.002 euros (1 miembro); los 41.399,35 euros (2 miembros); los 43.179,96 euros (3 miembros); o los 44.619,30 euros (4 miembros o más)


La promoción de viviendas se divide de la siguiente forma:
20 viviendas para jóvenes menores de 35 años
15 viviendas para personas más grandes de 65 años
24 viviendas sin requisito de edad
3 viviendas para personas con movilidad reducida
8 viviendas para colectivos específicos (2 para familias numerosas, 2 para personas víctimas de violencia de género, 2 para familias monoparentales o monomarentals, y 2 para personas con discapacidad psíquica)
Hay que recordar que un solicitante solo podrá estar en una de estas listas.

Las superficies y precios de las viviendas son (de mínimo a máximo):
1 habitación – de 41,61 m² a 43,35 m² – Alquiler de 372,40 euros (mínimo) a 387,98 euros (máximo)

2 habitaciones – de 51,74 m² a 68,45 m² (adaptado en este último caso) – Alquiler de 463,07 euros (mínimo) a 612,62 euros (máximo)

3 habitaciones – de 67,27 m² a 69,98 m² – Alquiler de 602,06 euros (mínimo) a 626,32 euros (máximo)

4 habitaciones – de 80,52 m² – Alquiler de 720,65 euros

A estos precios se tienen que añadir los gastos de comunidad, consumos comunitarios, gastos del IBI y otros tributos.

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