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Gavà subvencionará el pago del alquiler a mayores de 36 años con vivienda o habitación en alquiler

Si tienes más de 36 años y cumples los requisitos puedes beneficiarte de la subvención de hasta 200€ mensuales para el alquiler de una vivienda o habitación en 2022. La subvención se calcula en función del porcentaje que representa el pago del alquiler respecto a los ingresos de la unidad de convivencia y según el número de miembros que la integran.

 

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Si tienes más de 36 años y cumples los requisitos puedes beneficiarte de la subvención de hasta 200€ mensuales para el alquiler de una vivienda o habitación en 2022. La subvención se calcula en función del porcentaje que representa el pago del alquiler respecto a los ingresos de la unidad de convivencia y según el número de miembros que la integran.

 

El plazo para solicitarla es hasta el 15 de julio.

Requisitos

  • Tener 36 años o más y ser titular de un contrato de alquiler, habitación o cesión de uso y estar empadronado en el ámbito metropolitano de Barcelona: Baix Llobregat, Barcelonés, Maresme, Vallès Occidental i Vallès Oriental.
  • No pagar más de 900€ al mes por el alquiler de una vivienda o 450€ al mes por el alquiler de una habitación
  • Que los ingresos de la unidad de convivencia no sobrepasen los 22.548,67€ en el ejercicio 2020.
  • Estar al corriente de pago de las rentas en el momento de presentar la solicitud o justificar como mínimo tres recibos de alquiler pagados.


Documentación

Para realizar la tramitación de forma telemática habrá que estar dado de alta en el idCAT móvil

  • Rellenar la solicitud correspondiente
  • Contrato de alquiler
  • Hoja de transferencia bancaria o certificado de titularidad bancaria
  • Justificante de ingresos de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral. Declaración de la Renta del año 2020 o bien el certificado de imputaciones de 2020
  • Recibos de alquiler o cesión correspondientes al año 2022 pagados hasta la fecha de presentación de solicitud
  • Otra documentación complementaria en su caso (DNI, certificado de empadronamiento o volante de convivencia, libro de familia, título de familia numerosa, título de familia monoparental, discapacidad...)


Las ayudas se concederán mediante el procedimiento de concurrencia pública competitiva, y aplicando la puntuación que se establezca en los criterios de priorización de las bases reguladoras. En caso de empate en la puntuación final, se dará prioridad al orden de entrada de la solicitud en el registro con la documentación completa, hasta el agotamiento de la financiación disponible.

 

La tramitación debe realizarse de forma telemática a través de la Agencia de la Vivienda de Cataluña: habitatge.gencat.cat/ajutlloguer

 

Para cualquier duda se puede llamar a la Oficina Local de Vivienda de Gavà, en el teléfono 93 263 96 60 y poder aclararlas.

 

También se puede pedir cita previa en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) en el teléfono 93 263 91 00 / 900 66 33 88 para tramitar la solicitud de forma presencial.

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