Los ayuntamientos no pueden usar empresas privadas para hacer inspecciones fiscales a empresas
El reciente pronunciamiento judicial en contra de la externalización de funciones inspectoras por parte de numerosos ayuntamientos ha encendido las alarmas sobre una práctica que, durante años, se había normalizado en la administración local: la delegación de inspecciones fiscales en empresas privadas.
Según sentencias recientes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ( TSJC) y otros órganos jurisdiccionales, la inspección tributaria es una potestad estrictamente reservada a funcionarios públicos, en virtud de lo establecido en la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público.
Esto significa que los ayuntamientos no pueden contratar a empresas privadas para llevar a cabo tareas como inspeccionar, sancionar o emitir propuestas vinculantes en materia tributaria.
El problema radica en que, en muchos municipios, estas empresas no solo asistían técnicamente, sino que asumían el rol completo del inspector: realizaban visitas, redactaban informes y proponían resoluciones sancionadoras. En algunos casos, incluso cobraban un porcentaje de las multas impuestas, lo que plantea serios conflictos de interés.
Este modelo de “privatización encubierta” de la función pública ha sido duramente criticado por juristas y sindicatos, que alertan del riesgo que supone para el principio de imparcialidad y la protección de los derechos del contribuyente.
A raíz de estas resoluciones judiciales, el Ministerio de Justicia ha anunciado acciones legales contra más de cien consistorios en todo el país. El objetivo es devolver la legalidad al proceso inspector y garantizar que solo los funcionarios públicos —independientes y sometidos a control jurídico— puedan ejercer competencias tan delicadas como la inspección y fiscalización tributaria.
La batalla está lejos de terminar. Pero lo que está claro es que la función pública no puede subcontratarse como si fuera un servicio logístico: se trata de una garantía democrática, no de una opción administrativa.
Esta práctica ha sido especialmente común en tributos como el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), que afecta directamente a grandes empresas con presencia física significativa en los municipios.
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