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Los interventores municipales piden más recursos ante el aumento de sus obligaciones de control administrativo

Desde la crisis financiera que se desencadenó en las administraciones locales a partir de 2010, los funcionarios de habilitación de carácter nacional que ejercen como interventores han cogido protagonismo.

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Interventores

@EP


Desde la crisis financiera que se desencadenó en las administraciones locales a partir de 2010, los funcionarios de habilitación de carácter nacional que ejercen como interventores han cogido mayor protagonismo, porque se consideran los centinelas en los ayuntamientos. 



A sus funciones históricas de control interno de la gestión económica-financiera y presupuestaria y contables, la legislación sectorial ha añadido otras muchas, hasta convertirlos en auténticos brazos extensos de la Administración central y la autonómica, incluso de la de Justicia, para el control de los ayuntamientos, sin que a la par se les haya dotado de más medios.


Pero desde el colectivo de interventores advierten que todos esos cambios se están haciendo con un profundo desconocimiento de “la planta” de las administraciones locales en España, donde perdominan los municipios pequeños y se tiende a legislar “de espaldas a aquellas personas” deben hacer cumplir las normas. Aunque la ley habla de la Intervención General Municipal y deja clara la independencia de la misma, ésta está constituida las más de las veces sólo por el interventor, con algún apoyo de carácter administrativo. Excasos recursos para la ingente cantidad de trabajo a realizar dentro de los Ayuntamientos.


Así se pone de manifiesto en un contundente informe del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, un colectivo que, a diferencia de otros más numerosos en los municipios, no suele levantar la voz por su situación laboral de forma habitual. Pero sí lo ha hecho ahora para alertar de la tremenda sobrecarga de trabajo que padecen y que va al alza.


MÁS OBLIGACIONES CON LOS MISMOS RECURSOS


Los interventores tienen que hacer frente a normativas que les obligan a suministrar información periódica al Ministerio de Hacienda: la Ley 38/2003 General de Subvenciones; la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público; la 2/20212 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; o el artículo 5 del Real Decreto 424/2017, 28 de abril, que les obliga a irse a los tribunales competentes si detectan hechos susceptibles de constituir una infracción administrativa o dar lugar a la exigencia de responsabilidades contables o penales, más allá de informar al pleno.


En estas circunstancias, el colectivo tiene varias propuestas que, desde su perspectiva, vendrían a mejorar sus condiciones de trabajo y la solvencia de los propios ayuntamientos. “El fortalecimiento de la intervención conlleva una mayor capacidad de detectar irregularidades”, defienden desde el colectivo y  así, por ejemplo, apuestan porque se establezcan, también por ley, una dotación mínima de personal administrativo o técnico adscrito a la Intervención municipal; una estructura elemental o un presupuesto básico, en su caso, y en relación al propio presupuesto del ayuntamiento para contratar los medios materiales y la asistencia técnica necesaria.


En esos municipios medianos y pequeños, que son los más numerosos, prácticamente no existen técnicos municipales y las diputaciones provinciales no disponen tampoco de los medios asistencia y colaboración “con la agilidad y fluidez que requiere el día a día de un ayuntamiento”.


Por ello piden también medidas de eficiencia en el funcionamiento de las administraciones públicas, tan simples en apariencia –pero que inexplicablemente no se han puesto en marcha– como que exista un único programa contable entre la administración local y la del Estado.


De esa forma, los datos se podrían remitir automáticamente, con algún anexo en los programas que evite que tengan que pasarlos en muchas ocasiones a mano, o con pantallazos y en distintas plataformas: desde líneas de presupuestos, el avance de éstos o su liquidación, pasando por los costes de servicios públicos, periodo medio de pago a proveedores, deudas y créditos y un largo etcétera, con decenas de conceptos.


El informe apunta además como mejora de cara a ese trabajo esencial que hay funciones que se atribuyen ahora a los interventores y que podrían asumir otros profesionales de los ayuntamientos, como la recepción del material de las inversiones o la asistencia a las mesas contratación. Los interventores ya deben fiscalizar los expedientes.


Esa sobrecarga de trabajo en los funcionarios que ejercen las labores de Intervención en un ayuntamiento es especialmente “penosa” en los municipios más pequeños –aquellos que tienen menos de 5.000 habitantes o un presupuesto inferior a los 3 millones de euros– porque se aúna en la figura del secretario con la del interventor municipal, es decir, las funciones propias de la Intervención formarán parte del contenido del puesto de trabajo de Secretaría, salvo que varios municipios se agrupen a efectos de mantener en común el puesto de intervención. En los municipios con más de 5.000 vecinos o que aún siendo pequeños en habitantes tengan más de 3 millones de presupuesto, sí deben contar ya con interventor municipal, como figura al margen del secretario.


También pone el acento el informe en la necesidad de realizar una “revisión integral de los diferentes procedimientos administrativos” que fija la ley, para lograr mayor agilidad en una era digital y que nada tiene que ver con la forma en la que se debía hacer llegar la información a la ciudadanía en otras décadas.


Cita los procedimientos de aprobación y modificación de las ordenanzas fiscales –procesos más largos y tediosos en la Administración local que en la del Estado o las comunidades autónomas–; incluso para los supuestos en los que sólo se trata de actualizar las tasas con el IPC o las modificaciones presupuestarias, que suponen ahora los mismos trámites que para un presupuesto.


El papel que debemos desempeñar los interventores municipales es de vital importancia para atender al correcto y legal funcionamiento de las administraciones públicas locales, pero hay que empezar a considerar los escasos medios materiales y humanos con los que cuentan,  la existencia de muchos procedimientos basados en la ineficiencia o la continua atribución de funciones que obstaculizan el ejercicio de nuestras funciones básicas esenciales.


ES NECESARIO UN PROTOCOLO ANTIACOSO EFECTIVO


El Consejo General, es decir, el máximo órgano del país que agrupa a los colegios territoriales de secretarios, interventores y tesoreros de la administración local, ya ha puesto en marcha un protocolo para actuar ante casos acoso a estos funcionarios.  Porque es frecuente que, por las funciones que se les atribuye a los interventores, entre ellas las de elevar y denunciar en su caso ante el Tribunal de Cuentas decisiones aprobadas por el pleno o el presidente del mismo contrarias a los reparos del interventor, favorece en ocasiones “clima de desconfianza” hacia el funcionario.


Influye incluso en las relaciones personales tanto con el equipo de gobierno y con cierto sector del personal municipal, según se destaca en el informe elaborado para pedir más medios técnicos y humanos, en el que se habla de la “soledad del interventor”.


“A raíz de la relevancia de las funciones que tenemos encomendadas y reservadas por ley y la repercusión que tiene en el funcionamiento ordinario del ayuntamiento, pudiera pensarse que la Intervención se debe de tratar de uno de los órganos mejor dotados en el ayuntamiento”, pero los recursos humanos y materiales son escasos, se insiste, “originando una situación en muchos casos insostenibles en el día a día, situación que se agrava cuando se produce el distanciamiento manifestado”.


Las mismas fuentes señalan que no es frecuente el abandono de la profesión, pero las situaciones de estrés en el colectivo sí han dado lugar a traslados a otros municipios así como a bajas laborales.


En el documento también se hace referencia al desconocimiento en el ámbito judicial de las funciones que tiene atribuidas el interventor de una administración local. Ese hecho, unido a la “judicialización de la política”, “ha incrementado considerablemente las causas penales”, en las que a veces se incluye a los interventores. “No somos un ministerio fiscal que investigue posibles delitos, sino que fiscalizamos los expedientes que nos llegan a través de los cauces legalmente establecidos”, se subraya en el informe.

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