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¿Qué pasará con las Zonas de Bajas Emisiones del Baix Llobregat tras la sentencia del Tribunal Supremo?

El Supremo ha desestimado el recurso que presentaron la Generalitat, el Ayuntamiento y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) contra el fallo del tribunal catalán para intentar anularlo en relación a la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona.

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Archivo - Cartel que delimita la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), a 31 de diciembre de 2022, en Barcelona, Cataluña (España).

 

 

Ahora el Supremo ahora subscribe los argumentos de la primera decisión, que el TSJC sostuvo en la "falta de informes que avalen algunas restricciones, exceso del ámbito geográfico de implantación y demasiada restricción del tipo de vehículos afectados", entre otros motivos.

 

Al parecer del tribunal, "la ordenanza incide especialmente en los titulares con menor capacidad económica para renovar su vehículo", y añade que en el caso de los vehículos profesionales, la limitación se proyecta especialmente en los colectivos de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como los autónomos, microempresas o pymes.

 

La ordenanza que anula esta sentencia fue aprobada por el plenario municipal el 20 de diciembre de 2019, entró en vigor en enero de 2020 y el Ayuntamiento de Barcelona la modificó en enero de 2023.

 

Con esta sentencia en la mano tendrá que revisarse la normativa de todas las Zonas de Bajas Emisiones en vigor y que se quieran poner en marcha en el 2024, también en el Baix Llobregat.

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