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Prisión para un pastor evangélico por abusar sexualmente a una niña durante años en el Baix Llobregat

Según el acuerdo de conformidad entre todas las partes, el pastor y su esposa recibían en su casa una familia y sus tres hijos menores de edad, llegados en 2005, para dar educación religiosa a los menores. Después, y gracias a los lazos de confianza creados, el religioso y su esposa se empezaron a hacer cargo en ciertos momentos de los menores.

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Archivo - Ciudad de la Justicia de Barcelona
@EP


Un pastor evangélico ha aceptado cuatro años de prisión por abuso sexual continuado a una niña mientras tenía entre 6 y 10 años. Los hechos tuvieron lugar en el domicilio del pastor, en el Baix Llobregat, entre los años 2011 y 2015. Según el acuerdo de conformidad entre todas las partes, el pastor y su esposa recibían en su casa una familia y sus tres hijos menores de edad, llegados en 2005, para dar educación religiosa a los menores.


Después, y gracias a los lazos de confianza creados, el religioso y su esposa se empezaron a hacer cargo en ciertos momentos de los menores. Primero de los dos hijos mayores, y después de la pequeña, nacida en 2005. Incluso los niños se quedaron a dormir en casa del matrimonio.


Así, el pastor, que tenía el rol de abuelo respecto la hija pequeña, le daba besos en la boca y la vagina, así como tocamientos. Con la excusa de necesitar leña para la chimenea, pidió a la niña que le acompañara en el sótano de la casa. Una vez allí, se bajó los pantalones y pidió a la niña que le hiciera una felación, algo a lo que la menor se negó.


Entonces, el hombre sentó la niña en una mesa y le lamió la vagina, aunque paró cuando sintió pasos que se acercaban. En otra ocasión hizo lo mismo en la cama de su habitación. Los hechos se repitieron casi cada semana durante cuatro años.


La fiscalía le pedía 6 años de prisión, prohibición de aproximación durante diez años y 10.000 euros de indemnización. Finalmente, antes del juicio en la Audiencia de Barcelona este miércoles las partes han pactado una pena de cuatro años, prohibición de aproximación durante siete años y 5.000 euros de indemnización.

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