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¿En qué espacios del Baix Llobregat es legal volar un Drone sin autorización?

Martorell, Sant Esteve Sesrovires, Collbató, Esparreguera y Olesa de Montserrat delimitan algunos espacios donde sí sería posible volar sin restricciones

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Fotografía de archivo de un Drone

 

Los Drones se han establecido como uno de los objetos tecnológicos más deseados de la última década. Su uso solo ha hecho que ir en aumento, ya sea como juguete para los pequeños, recreativo para los adultos o profesional para muchos fotógrafos, cámaras y otros profesionales de todos los sectores.

 

No obstante, antes de comprar un Drone, todos deberíamos preguntarnos lo siguiente ¿Puedo volarlo donde quiera? Mucha gente piensa que al ser recreativo, siempre cumpliendo con unas normativas, se puede volar. No obstante, existen espacios aéreos restringidos, donde hacen obligatorio solicitar permiso o directamente, prohibir su uso.

 

¿PUEDO VOLAR EL DRONE EN EL BAIX LLOBREGAT?

Sí, pero solo en dos espacios muy pequeños. La web ENAIRE Drones permite analizar todos los espacios aéreos para encontrar tu pequeño rincón donde disfrutar de esta afición. Uno de ellos lo encontramos a la izquierda de Martorell y debajo de Sant Esteve Sesrovires, entre la ciudad baixllobregatina y Gelida, ya de la Anoia. En este espacio, encontramos una pequeña superficie de espacio libre  donde sí podemos volar el Drone.

 

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De color azul se marca la línea que separa el espacio aéreo del Aeropuerto de El Prat, donde está completamente prohibido su uso. @ENAIRE

 

De color azul se marca la línea que separa el espacio aéreo del Aeropuerto de El Prat, donde está completamente prohibido su uso. Por otro lado, en la parte superior vemos una nueva limitación marcada por el Helipuerto Hotel Can Bonastre Wine Resort Masquefa, Lebs. Esto implica que no está permitido el vuelo a drones excepto coordinación con el Helipuerto. Por otro lado, la zona que delimita con Martorell y Sant Esteve Sesrovires, encontramos el Helipuerto Ullastrell-teresa Vilá, que igual que el anterior, no permite el vuelo a drones excepto coordinación con el Helipuerto.

 

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Fotografía de las restricciones en Collbató, Esparreguera y olesa de Montserrat @ENAIRE

 

Si vamos un poco más al norte, encontramos un nuevo espacio libre entre Esparreguera, Olesa de Montserrat y Collbató. Este último, pese que justo sale del área delimitada por el Helipuerto Hotel Can Bonastre Wine Resort Masquefa, Lebs, se encuentra en un parque natural. 

 

Según la Generalitat, "Los parques nacionales y los espacios protegidos son zonas con fauna sensible. Con el fin de proteger su entorno medio ambiental de posibles perturbaciones, se establecen las siguientes restricciones permanentes al sobrevuelo de aeronaves excepto las españolas de estado cuando así lo exija el cumplimiento de su cometido, o por razones de emergencia."

 

Respecto al Parque Natural de Montserrat, se han establecido unas limitaciones geográficas que puedes consultar aquí

 

Por otro lado, como se observa, disponemos de varios espacios libres de vuelo en Esparreguera y Olesa, justo cortados por el parque natural, en esos espacios, sería libre el vuelo de drones.

 

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Fotografía de archivo de un Drone

 

¿PUEDO VOLAR CUALQUIER DRONE?

No, existen un sinfín de normativas que hay que cumplir para pilotar un Drone: Estos son los parámetros establecidos por la Gencat:

 

Edad mínima: 16 años.

Cómo operar:

  • Los vuelos se tienen que realizar siempre a la vista del piloto (VLOS).
  • En caso de que haga operaciones de vuelo con dispositivos de visión en primera persona (FPV), tendrá que ayudarle un/a observador/a.
  • Absténgase de realizar cualquier actuación que pueda poner en riesgo la seguridad o regularidad de las operaciones aeronáuticas, así como la seguridad de las personas y bienes subyacentes.
  • No vuele bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alcohol.
  • No transporte mercancías, ni deje caer ni proyecte ningún material ni objeto.
  • Las aeronaves tripuladas siempre tendrán prioridad sobre las no tripuladas.
  • Vuelo nocturno: el dron debe llevar luces para garantizar su visibilidad.
  • Altura máxima de vuelo:
    • 120 m sobre el punto más próximo a la superficie.
    • Si sobrevuela un obstáculo de altura superior a 105 m que se encuentra a menos de 50 m del piloto, se puede volar hasta 15 m por encima del obstáculo a petición del responsable de éste.
  • Zonas prohibidas al vuelo:
    • No vuele el dron sobre concentraciones de personas; se tiene que mantener una distancia segura con las personas no participantes en la operación. A más peso del dron mayor tiene que ser la distancia.
    • No puede volar sobre espacios aéreos controlados, excepto si ha coordinado un estudio aeronáutico de seguridad con el gestor del espacio aéreo (Consulte los espacios aéreos controlados en el apartado "¿Qué son los espacios aéreos controlados y cuáles afectan al vuelo de drones?").
    • No puede volar sobre zonas reservadas, prohibidas o restringidas a la navegación aérea.
    • Sobre las instalaciones de seguridad del estado, defensa nacional y las correspondientes zonas de seguridad.
  • No puede volar cerca de:
    • Centrales nucleares.
    • Zonas donde se estén desarrollando operaciones de emergencias, excepto que disponga de autorización.
    • Aeródromos:
      • Mantenga una distancia de seguridad de 8km.
      • Esta distancia se puede reducir si coordina el vuelo con el responsable de la instalación.
    • Comunicación de las operaciones de vuelo:
      • Si hace una operación en las subcategorías A1 o A2 sobre aglomeración de edificios, pueblos, lugares habitados o cerca de reuniones de personas al aire libre, tiene que comunicar el vuelo al Departamento de Interior con 10 días hábiles de antelación.
      • Si hace operaciones de la categoría abierta en forma de recreo en la subcategoría A1 y con drones de menos de 250 gr, no tiene que comunicarlas al Departamento de Interior, pero tiene que cumplir las siguientes indicaciones:
        • Altura máxima de la operación: 20 m.
        • Peso del dron: menos de 250 gr.
        • Volar fuera de un espacio aéreo controlado.

 

 

El incumplimiento de la normativa aérea puede comportar sanciones de hasta 225.000€ en operaciones en categoría abierta

 

EL AEROPUERTO DE EL PRAT PRIVA A MEDIO BAIX LLOBREGAT DE VOLAR DRONES

 

Captura
Fotografía de las restricciones provocadas por el Aeropuerto de El Prat @ENAIRE

 

La mayor infraestructura aeronaval de Catalunya supone también un gran impedimento para el vuelo de drones en la comarca, ya que su espacio aéreo engulle gran parte del Baix Llobregat, solo salvado en el norte con Martorell, que delimita la frontera. Además, el vuelo de drones en esta zona no está permitido, excepto si se realiza desde una infraestructura destinadas a RPAS coordinada con el aeródromo y proveedor ATS.

 

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