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Esparreguera aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la movilidad

La modificación es para la regulación de la isla de peatones y el control de la movilidad con cámaras inteligentes de lectura de matrícula

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Esparreguera calle
Esparreguera aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la movilidad/ Ayuntamiento de Esparreguera

El Pleno del Ayuntamiento de Esparreguera acordó el pasado 27 de marzo la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza 14, reguladora de la movilidad, para incorporar la regulación de la isla de peatones y el control de la movilidad con cámaras inteligentes de lectura de matrícula. El punto prosperó con los votos a favor de todos los grupos municipales, excepto la CUP que votó en contra y Vox que se abstuvo.

 

Las modificaciones en la ordenanza 14 han incluido nuevos artículos para detallar las autorizaciones permanentes, temporales y excepcionales para circular dentro de las calles comprendidas en el perímetro de la isla de peatones y también un nuevo capítulo para regular el uso de los medios tecnológicos para obtener información en tiempo real del tráfico y circulación de cualquier tipo de vehículo. 

 

La ordenanza estará un mes en exposición pública antes de su aprobación definitiva y, una vez aprobada, se abrirá un plazo de pruebas para informar en la población sobre qué ciudadanos y en qué situaciones estará autorizado el acceso a la zona y de qué manera se podrá realizar el trámite para solicitar la acreditación de acceso y dar de alta las matrículas como autorizadas.

En su intervención en la sesión plenaria del mes de marzo, el regidor de Movilidad, Alfons Puche, explicó que “son muchos los grupos municipales y gobiernos que han intentado asear y ordenar el espacio de la isla de peatones con diferentes medios y ahora, porque la tecnología ha avanzado y nos lo permite, lo haremos con sistemas inteligentes de lectura de matrículas para la gestión del tráfico”. 

 

El regidor también apuntó que “se ha optado por no hacer una ordenanza exclusiva de la isla de peatones e incluir su regulación en la ordenanza 14 con el objetivo de ir reduciendo, mica en mica, la dispersión normativa del Ayuntamiento”. Así, la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la movilidad también permitirá derogar la ordenanza 3, reguladora del uso de los espacios públicos comprendidos dentro del perímetro de la isla de peatones y su área de influencia, que databa del año 1993.


Casos de autorización permanente 


Las modificaciones introducidas e inicialmente aprobadas en la ordenanza 14 afectan al capítulo 7 “Zonas de peatones”, en el cual se han introducido novedades en el artículo 34 Excepciones a las limitaciones para regular las autorizaciones permanentes, temporales y excepcionales. Así tendrán derecho a conseguir autorización permanente por circular por la isla de peatones los vecinos y vecinas residentes que estén empadronado en el ámbito declarado como isla de peatones; los titulares de establecimientos y actividades situados en la isla de peatones; las personas usuarias de estacionamientos, tanto en título de propiedad como de alquiler; familiares o cuidadores principales de una persona con dependencia o movilidad reducida o con diversidades funcionales físicas o intelectuales empadronada en el ámbito declarado como isla de peatones; y los vehículos de servicios funerarios.

 

Casos de autorización temporal 


Las autorizaciones temporales las podrán solicitar, previa autorización por parte del servicio de la Policía Local una vez justificada la necesidad, los titulares de licencias de obras, o los que consten en comunicación de obras, cuando el objeto de la actuación esté dentro del ámbito declarado como isla de peatones; para la descarga de mercancías, fuera del horario de acceso abierto en la isla de peatones, cuando el volumen de estas imposibilite el desplazamiento con carretilla manual; por motivo de actos litúrgicos y en situaciones de dependencia temporal debidamente justificadas. 

 

Casos de autorización exepcional 

 

También se permitirá, con carácter excepcional, el acceso al ámbito de la isla de peatones a los vehículos para traslado, por motivo de urgencia, de personas enfermas, personas con diversidades funcionales, personas grandes o personas con movilidad reducida y a aquellas personas que tengan que acceder a la farmacia de guardia. En los casos de urgencias y situaciones sobrevenidas, la autorización se podrá solicitar hasta 72 horas después del momento de la incidencia. Las limitaciones de circulación y estacionamiento que se establezcan no afectarán a los vehículos vinculados a la prestación de servicios públicos.

Por otro lado, también se ha introducido un nuevo capítulo en la ordenanza 14 para regular la utilización de medios tecnológicos para la gestión de la movilidad. En este se especifica que el Ayuntamiento de Esparreguera puede utilizar medios tecnológicos para obtener información en tiempo real del tráfico de peatones y de circulación de cualquier tipo de vehículo, así como para gestionar la movilidad urbana de manera más segura, eficiente, sostenible e inteligente. Así mismo, estos sistemas también se pueden utilizar para emitir denuncias de la circulación y del estacionamiento.
 

 


La ordenanza tiene que pasar ahora un periodo de exposición pública antes de su aprobación definitiva. Una vez aprobada se iniciará un periodo de prueba para que la ciudadanía conozca y se adapte a los nueve usos y regulación de la isla de peatones. Así mismo, el consistorio informará a la ciudadanía sobre cómo se podrá realizar el trámite para solicitar la acreditación de acceso y dar de alta las matrículas como autorizadas. Después de este periodo de prueba, se pondrá en funcionamiento de forma operativa la isla de peatones con el inicio de la tramitación de expedientes sancionadores a aquellos vehículos que incumplan la normativa.

 

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