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Ayudas al alquiler para jóvenes: La Generalitat ofrece hasta 250€

Las administraciones intentan rebajar la presión que supone pagar un alquiler 

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Pisos AMB
Ayudas al alquiler para jóvenes: ¿Cómo recibir hasta 250€? / Archivo

La Generalitat de Catalunya, a través del Departamento de Vivienda, aprueba la convocatoria de subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda para el año 2024. Está dirigida a personas que tengan 35 años o menos.

 

El plazo se inició el 11 de marzo a las 9 de la mañana y terminará el 12 de abril, a las 15 horas. Para quien resida en el Área Metropolitana de Barcelona, el alquiler máximo que debe demostrar es de 950€ o de 450€ cuando se trate de una habitación. Para las familias numerosas o monoparentales y para las unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida, el alquiler máximo asciende a 1.100 €.

 

El importe máximo que se percibirá será de 250 € mensuales y un mínimo de 20 € por vivienda y la cifra se determinará según el esfuerzo que deba realizar la persona para pagar el alquiler con relación a los ingresos anuales.

 

INGRESOS POR DEBAJO DE LOS 24 MIL EUROS

 

Vivienda valorará la concesión según los ingresos computables de la declaración del Impuesto de la Renta para Personas Físicas del ejercicio 2022. Sólo cuando la persona presente una vida laboral a partir de 2023 se admitirán los ingresos del ejercicio 2023 

 

En Catalunya, el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC) de 2022, es decir, el nivel de ingresos bajo el que se considera que no se puede vivir con dignidad, está situado en 7.967,73 € al año. 

 

La ayuda se concederá a quien acredite que no tiene ingresos superiores a 3,05 veces el IRSC. Por tanto, la persona solicitante deberá acreditar ingresos por debajo de 24.301,57 €.

 

DOCUMENTACIÓN

 

Para tramitar la ayuda, será necesario disponer del formulario de la página web, el contrato de alquiler o cesión, un documento de información bancaria (SEPA) y los recibos de pago del contrato de la vivienda. No se aceptarán contratos entre personas con parentesco.

 

 

¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE PRESENTAR?

 

Preferentemente, por vía electrónica a través de la web de trámites de la Generalidad de Cataluña.
Si no dispone de medios electrónicos, puede ir:


- A las oficinas locales de vivienda
- A las bolsas que forman parte de la red de mediación para el alquiler social
- A la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda en los casos de viviendas gestionadas por administraciones y empresas públicas.

 

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