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Ampliado hasta febrero el plazo para pedir las ayudas para la rehabilitación de viviendas de la AMB

El objetivo de este programa es ofrecer subvenciones a fondo perdido a propietarios y alquilados para actuaciones de adecuación y obtención de la habitabilidad en viviendas individuales o unifamiliares del área metropolitana de Barcelona.

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El Consorcio Metropolitano de la Vivienda ha ampliado el plazo para solicitar formar parte de la convocatoria Programa Habitabilidad 2018 hasta el 28 de febrero de 2020.   La convocatoria de habitabilidad  subvenciona las acciones destinadas a que la vivienda logre las condiciones mínimas de habitabilidad, las actuaciones de adaptación de las instalaciones del interior de la vivienda, las mejoras energéticas y de sostenibilidad y las actuaciones de adaptación de la movilidad de la vivienda. La cuantía máxima de la subvención no podrá superar el 40% del presupuesto subvencionable ni el importe de 3.000 euros. Restan excluidas de esta convocatoria las viviendas de uso turístico. 


Vivienda




Las actuaciones deben ir destinadas a que la vivienda logre las condiciones mínimas de habitabilidad legalmente exigidas y estan tienen que ver con: 


1.- Actuaciones de adaptación de las instalaciones del interior de la vivienda: Actuaciones de adaptación a la normativa vigente o aplicable de las instalaciones individuales de la vivienda, red de agua, red eléctrica, red de gas canalizado, telecomunicaciones, saneamiento. También se considerará subvencionable la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.


2.- Mejoras energéticas y de sostenibilidad: Actuaciones destinadas a la mejora de la sostenibilidad energética como son la mejora del aislamiento de la vivienda para optimizar la demanda energética y asegurar el confort acústico; la incorporación de protecciones solares en las aperturas; el cambio de cierres (ventanas, puertas de salida a balcones, otros cierres exteriores practicables); la sustitución de lámparas y luminarias por otras de mayor rendimiento energético, iluminación LED.


3.- Actuaciones de adaptación de la movilidad de la vivienda: Actuaciones puntuales que mejoren la accesibilidad y la movilidad interior de la vivienda, como también su adaptación total o parcial. En concreto, la instalación de aparatos elevadores, la sustitución de bañera por ducha, el ensanchamiento o adecuación de puertas, pasillos, habitaciones, cámara higiénica, cocina u otras.



A los efectos de cálculo de las ayudas, el presupuesto subvencionable estará constituido por los siguientes conceptos:

• Presupuesto de la empresa o empresas que realicen las obras.
• Honorarios facultativos (redacción de proyectos, informes técnicos, certificados necesarios y coste del Informe de Idoneidad). Sin que puedan incluirse impuestos, tasas o tributos en lo subvencionable por estas ayudas. 


Más información : http://www.cmh.cat/es/web/cmh/ajuts/programes/programa-habitabilitat-2018


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